La determinación del uso típico en el delito de uso indebido de información Privilegiada en el Perú
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Fecha
2020Autor(es)
Lertora Seminario, David Israel
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El delito de iniciados, también nominado como insider trading, está vigente en
el Perú por Decreto Legislativo N° 861 desde 1996 y se ubica en el Art. 251°-
A del Código Penal. La afirmación de que el objeto material de este delito se
constituye por información relevante o privilegiada y que estamos ante una
naturaleza que apuesta por la protección de la probable lesión de la
transparencia del mercado de valores, ha venido acompañada de un análisis
dogmático dispar. Esa es la problemática retomada a superarse, que de la
mano del autor se profundiza hasta llevarla a sus últimas consecuencias, ya
que considera imprescindible concretizar el fundamento material del tipo
analizado tanto objetivo como subjetivo, su ámbito de protección -bien jurídico
que pervive-, su naturaleza jurídica y consumación. Seremos coherentes en
establecer la cualidad del sujeto activo en la comisión del delito expuesto, es
decir, especial, de dominio o de infracción de deber. Además de la
reformulación del concepto de acción para el estado actual del Derecho penal,
que es el hito fundante del umbral inédito del presente trabajo, acudimos ante
el análisis crítico del Derecho penal peruano frente al español, que incluye las
Directivas de la Comunidad Europea en lo que se relaciona al ataque del delito
comentado, siendo desde ese punto de vista importante referenciarnos con
las prótesis que sirven al Derecho penal, como lo constituye la Criminología y
Política Criminal, esta última incluida dentro de la primera. Por eso se
abandona, sin embargo, el análisis de antijuridicidad. El reparto del trabajo se
orienta, finalmente, hacia una propuesta que el legiferante debe asumir como
nuevo texto del Art. 251°-A del Código Penal en el cual se grafica el innovador
concepto de proscripción de acción apoderativa, como núcleo del tipo de uso
indebido de información privilegiada, en correspondencia al principio de
legalidad y determinación, que debe imponerse y prosperar como estación de
mantenimiento de legitimación antes las leyes penales en blanco, luego en la
comunidad jurídica y académica del país, pues solo a partir de dicha técnica
legislativa se logra incorporar el bien jurídico
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